El drama terrorífico y silenciado que se repite cada año: según los datos provisionales 695 trabajadores y trabajadoras murieron por accidente laboral en 2019.

Ya son más de 7.300 trabajadores y trabajadoras que desde 2009 han fallecido mientras se ganaban la vida. Son cifras dramáticas y terroríficas porque detrás de los datos, y a pesar de la escasa audiencia que se presta a esta situación en los medios de comunicación, hay miles de familias que quedan rotas. Y porque todas y todos sabemos que detrás de estas muertes se esconde la precariedad laboral y la ausencia mayoritaria de inversión e implicación real en prevención por parte de las empresas. Lo sabemos porque lo vivimos a diario. Y si no morimos, enfermamos.

También lo sabe desde hace tiempo el organismo estatal referencia en materia de seguridad y salud laboral. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) realizó en 2015 un estudio sobre las causas de los accidentes mortales, tras investigar 160 accidentes mortales, concluyendo que las más frecuentes eran las ligadas a la organización del trabajo y a la gestión de la prevención, que son responsabilidad de la empresa.

Analizando los datos se oibservó que:

No hay que olvidar que nos estamos refiriendo a riesgos que ocasionaron accidentes de trabajo mortales.

(*) Teniendo en cuenta la nueva definición estdística de accidente mortal.

Análisis de los datos provisionales de siniestralidad de 2019.

Según lo datos provisionales proporcionados por el Minsiterio de Trabajo el pasado 12 de febrero, en 2019 fallecieron 695 trabajadores (443) y trabajadoras (32), de los cuales 74 fueron personas empleadas por cuenta propia o autónomas, y el resto, 621, asalariadas. De estas últimas, 475 de ellas fallecieron en accidentes durante su jornada laboral y 146 en accidentes ‘in itinere‘, es decir, al ir o regresar de su puesto de trabajo. Ambos casos se reducen respecto al año precedente, un 12% menos en el primero y un 6,4% menos en las muertes por accidentes ‘in itinere’.

Para quien pueda conformarse con las pequeñas variaciones estadísticas, a la espera de los datos definitivos, y aunque el número absoluto de accidentes habría aumentado cerca de un 2% con respecto a 2018 al incorporar los de los trabajadores/as por cuenta propia, los accidentes mortales de trabajadores por cuenta ajena habrían descendido provisionalmente un 15% en el mismo periodo.

Como cada año el número de asalariados varía, hay que acudir al índice de incidencia de accidentes de trabajo, que relaciona el númeo de estos por cada cien mil trabajadores, siendo esta un poco más de un 1% menor con respecto a 2018.

El sector servicios es el de más mortalidad, pero en la construcción es donde la incidencia es mayor

Por sectores, de los 475 trabajadores/as que fallecieron en accidentes durante su jornada laboral, 228 trabajaban en el sector servicios, 103 en la industria, 99 en la construcción y 45 en la agricultura. Los únicos de estos grandes sectores que han registrado más muertes respecto a 2018 son la construcción, con 4 fallecidos más, y la industria, con un muerto más, únicos sectores donde se incrementó la incidencia de los accidentes durante la jornada laboral.

La construcción además es el sector con mayor incidencia de accidentes mortales, con 11,4 muertes por cada cien mil trabajadores. Le siguen el sector agrario, con 8,35 fallecimientos, la industria (5,03 muertes) y, por último, el sector servicios, con 1,9 muertes. La media total está situada en las 3,08 muertes por cada cien mil trabajadores asalariados, un dato que ha disminuido respecto a 2018, en el que hubo 3,59 muertes.

Por primera vez se tienen en cuenta a los y las trabajadoras por cuenta propia, y se consolida la nueva definición de accidente mortal.

En 2018 fueron 729 personas las que definitivamente perdieron su vida trabajando, tras completar el Ministerio de Trabajo los datos provisionales de inicialmente 652 fallecimientos, y contabilizarse por fin como accidentes mortales, todos los producidos en el plazo de un año desde la fecha del accidente, independientemente de su gravedad inicial.

Incomprensiblemente, hasta 2018 solo se consideraba estadísticamente como accidente mortal, el que producía lesiones que constaban como mortales en el parte del accidente, lo que suponía una infradeclaración de los fallecimientos al dejar fuera las muertes posteriores a ese momento, a pesar de lo que venían recomendando la OIT, y tampoco poder ser comparadas por este motivo con la estadísticas europeas.

Como decimos, además este año también se contabilizan por primera vez los accidentes sufridos por las y los trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), dado que desde el año 2019 la cobertura específica de sus accidentes de trabajo por la Seguridad Social pasa a ser obligatoria, con algunas excepciones.

Teniendo en cuenta estos cambios y correciones, los datos comparativos de los accidentes mortales quedarían desglosados de la siguiente manera:

De lo que se desprenden variaciones significativas entre los datos provisionales y definitivos (+12% en 2018) y cuando se tienen en cuenta los fallecimientos posteriores al accidente (+16% entre 2017 y 2018), observándose una reducción de los accidentes mortales entre los trabajadores asalariados de un 15% entre los datos provisionales de 2019 y los definitivos de 2018.

Los accidentes de tráfico y los infartos, los lugares y formas más frecuentes de los accidentes.

De los 695 trabajadores/as fallecidos, 225, la mayoría con el 32%, fueron víctimas de accidentes de tráfico. Y con el mismo porcentaje prácticamente, 223 trabajadores/as sufrieron un infarto o un derrame. A estas últimas causas se les suele denominar “no traumáticas” puesto que se relacionan equivocadamente a otro tipo de patologías, independientes de la actividad laboral, a pesar de que ya son objetivas las evidencias que vinculan el estrés laboral y una mayor incidencia de este tipo de daños (incidencia de infarto de miocardio y otras patologías cardiovasculare, etc.) que pueden ser letales para la salud.

El resto de formas en las que se produjeron los accidentes mortales, por orden de importancia, son:

  • Caída de personas.
  • Pérdida de control total o parcial de equipos de trabajo o materiales.
  • Deslizamiento, caída, derrumbamiento de agente material.
  • Problema eléctrico, explosión, fuego.
  • Desbordamiento, vuelco, escape, derrame, emanación.
  • Violencia, agresión, amenaza.
  • Movimiento del cuerpo sin esfuerzo físico añadido.

Para un análisis más detallado de los datos, podéis acceder a ellos en: http://www.mitramiss.gob.es/estadisticas/eat/eat19_12/ATR_12_2019_Resumen.pdf

Y ante estas cifras de siniestralidad que se repiten año tras año, qué hacemos.

La clase trabajadora no podemos permitirnos que se nos explote, enferme y aniquile de esta manera inhumana año tras año. Lo mismo da que sea en una obra de construcción, en un hospital, en una tienda o en una oficina. Sea donde sea, y es algo generalizado, la ausencia sistemática de una prevención efectiva de los riesgos laborales propios de cada actividad por parte de la mayoría de las empresas es una situación inaceptable en una sociedad sana.

Porque mientras que la OMS define la salud como la ausencia de enfermedad física, psíquica y social, la realidad nos describe un panorama laboral cada vez más enfermo en el que el trabajo se concibe únicamente como una máquina de generar beneficios, y en la que la protección de la salud, el descanso adecuado o la conciliación son gastos a reducir al máximo. A ello ha contribuído alegremente toda la clase política y todos los gobiernos despojándonos, reforma tras reforma, de cada vez más derechos laborales y sociales, para entregárselos al capital.

 Y por ello, desde co.bas exigimos, gobierne quien gobierne:

  • Que se deroguen ya las dos últimas reformas laborales causantes de la brutal precariedad actual, primera causa de la siniestralidad laboral.
  • Que se incorporen urgentemente medidas de reducción de la jornada laboral semanal manteniendo el salario, y se garantice un descanso semanal físico y social adecuado en todos los sectores, atendiendo de forma especial a quienes trabajan de lunes a domingo y festivos, con turnos rotativos o nocturnos.
  • Que se implanten las medidas políticas necesarias para que todas las empresas cumplan de una vez por todas, y estrictamente, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (incluyendo los riesgos psicosociales) y se sancionen duramente sus incumplimientos.
  • Que se refuercen los recursos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, actualmente insuficientes.
  • Que se revise el listado de enfermedades profesionales reconocidas, ampliándolo con las muchas existentes y aún no reconocidas.
  • Eliminación urgente del negocio de las mutuas, y devolución de la gestión de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales al sistema público de sanidad.
  • Revisión de los procedimientos judiciales para las víctimas de accidentes de trabajo, ya que la media del tiempo de obtención de sentencias es de 6 a 7 años.