El Ministerio de Sanidad ha elaborado dos guías de actuación preventiva para los trabajadores/as vulnerables al coronavirus.

Con fecha de 8 de abril, se ha revisado el procedimiento de actuación del Ministerio de Sanidad frente al coronavirus del Ministerio de Sanidad, incorporando dos Guías de actuación para la gestión de la vulnerabilidad y el riesgo tanto en el ámbito sanitario y sociosanitario, como en ámbitos no sanitarios o sociosanitarios, que determinan las medidas a adoptar en cada caso, y que adjuntamos a continuación:

Guía de actuación para la gestión de la vulnerabilidad y el riesgo en el ámbito sanitario y sociosanitario.

Guía de actuación en ámbitos no sanitarios ni sociosanitarios.

Para calificar a una persona como especialmente sensible para SARS-CoV-2, debe aplicarse lo anterior. Esa evaluación es la única actividad técnica que podrá servir de base para tomar las decisiones técnico preventivas adaptadas a cada caso.

Si no existe la posibilidad de adaptación del puesto de trabajo, con una protección adecuada que evite el contagio, ni la reubicación en otro puesto exento de riesgo de exposición al SARS-CoV-2, el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales elaborará un informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal, con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria, su tramitación en las personas trabajadoras con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, 

El procedimiento aporta un modelo de informe para la comunicación de estas indicaciones por parte del servicio de prevención.

Si eres una persona vulnerable al coronavirus por razón de salud, edad avanzada o embarazo, y sigues trabajando, debes pedir urgentemente a la empresa que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales elabore un informe para que si no es posible adaptar tu puesto de trabajo o reubicarte, acredite la indicación de incapacidad temporal, con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria, la tramitación de tu baja.

¿Cómo sé si soy persona vulnerable a la infección a la exposición al coronavirus SARS-COV-2?

Con la evidencia científica disponible a fecha 8 de abril de 2020, el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con:

  • Diabetes.
  • Enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión.
  • Enfermedad pulmonar crónica.
  • Inmunodeficiencia.
  • Cáncer en fase de tratamiento activo.
  • Embarazo.
  • Mayores de 60 años.

¿Y entonces qué hago si soy una persona vulnerable y todavía sigo trabajando?

Tienes que pedir a la empresa que el Servicio Médico de Prevención evalúe urgentemente tu situación, aportándole un informe médico, y en caso de no ser posible la adaptación de tu puesto de trabajo ni reubicarte, debe emitir un informe que te facilite la baja médica para evitarte riesgos para tu salud.

¿Por qué?

Porque según lo establecido en el artículo 25 de la LPRL,  la empresa debe garantizar específicamente la seguridad y salud de aquellos trabajadores y trabajadoras especialmente sensibles a determinados riesgos laborales.

Para ello y en relación a la exposición al nuevo coronavirus, el Ministerio de Sanidad en la última revisión (30/03/2020) del Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) frente a la exposición al coronavirus (SARS-COV-2) inidica que en el caso de los y las trabajadoras especialmente sensibles, el área sanitaria del SPRL debe:

  • Evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en
    relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2.
  • Establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.

Para ello, tendrá en cuenta la existencia o inexistencia de unas condiciones que permitan realizar el trabajo sin elevar el riesgo propio de la condición de salud de la persona trabajadora.

¿Existe un modelo de solicitud a la empresa para que proteja mi salud?

Puedes usar este que hemos hecho en co.bas:

Modelo de Solicitud urgente de Informe del Servicio Médico de Prevención
para trabajador/a vulnerable a COVID-19

¿Y si la empresa me ignora, no me responde o no se adoptan las medidas necesarias para evitar mi exposición al coronavirus?

Estarían poniendo en riesgo grave e inminente tu salud, además de incumplir gravemente la normativa laboral en materia preventiva.

En este caso puedes y debes interrumpir tu actividad laboral, y abandonar el centro de trabajo, según lo establecido en el artículo 21.2 de la LPRL, notificándolo a la empresa y a la Inspección de Trabajo. Además, no podrás sufrir perjuicio alguno ya que no habrías obrado de mala fe o cometido negligencia grave al solicitar previamente protección a la empresa.

Para notificar la interrupción de tu actividad puedes utilizar este modelo de comunicado:

Notificación de interrupción actividad trabajadores vulnerables covid 19

Si tienes dudas o preguntas o necesitas más información o ayuda, llama (o envía whatsapp) al Departamento de Salud Laboral de co.bas Madrid:

670 508 581

De Lunes a Viernes de 10 a 13 horas y de 17 a 20 horas.

O envía un correo electrónico a:

saludlaboralmadrid@cobas.es