Qué medidas preventivas deben adoptar las empresas frente a la exposición al coronavirus.

Desde el Departamento de Salud Laboral de co.bas Madrid, y dadas las muchas peticiones de información al respecto que nos están llegando al sindicato, hemos elaborado un modelo de solicitud a la empresas para que, si no se ha hecho ya, y tras evaluar urgentemente el nivel de riesgo existente en cada caso, se adopten las medidas preventivas específicas en los centros de trabajo en función del riesgo existente de exposición al coronavirus SARS- CoV-2.

Independientemente de las medidas colectivas que en cada caso determinen las autoridades sanitarias y gubernamentales, la solicitud que hemos elaborado es aplicable en todo momento en los centros de trabajo, y válida para cualquier agente biológico, en este caso coronavirus, gripe u otro agente, al que nos expusiéramos como consecuencia de nuestro trabajo, según lo establecido en el Real Decreto 664/1997 de protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. Y al amparo también del derecho de protección de los trabajadores frente a todos los riesgos derivados del trabajo, y el correlativo deber de proporcionar esa protección por parte de las empresas, establecido en el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El coronavirus SARS-CoV-2, como ya es sabido, es un agente biológico, en este caso un virus que da lugar a la enfermedad del coronavirus, o Covid-19, que como la gripe u otras enfermedades víricas, y según lo indicado por las autoridades sanitarias, afecta de manera especial a personas especialmente sensibles por tener una edad muy avanzada o patologías previas de carácter respiratorio, inmunitario, etc. debido a las complicaciones que suelen provocar. De todos modos, y a la espera de su evolución, dado que aún no se ha desarrollado vacuna, los datos actuales parecen confirmar que estadísticamente la gripe seguirá causando anualmente, y sin ninguna alarma social, más estragos que el coronavirus.

Frente a las 6.300 muertes causadas por la gripe en España solo en 2019, con una población de algo más de 46 millones de habitantes, el coronavirus probablemente cause menos fallecimientos a pesar de que este país tiene más de 1.200 millones de habitantes, 26 veces más que el nuestro.

A pesar de lo anterior, lo más lógico es ser prudentes y adoptar en todo caso las medidas preventivas necesarias según lo previsto por la normativa en materia preventiva. Por este motivo, al igual que con la gripe u otra enfermedad infecciosa, lo más importante es evitar al máximo la propagación de estas enfermedades entre la población, porque ello hará que su incidencia entre los colectivos de riesgo sea la menor posible.

En el caso del coronavirus, y según lo indicado por las autoridades sanitarias, en la mayoría de centros de trabajo basta con adoptar las conocidas medidas higiénicas que debemos adoptar también en nuestra vida cotidiana y que se recomiendan siempre que se dan epidemias de gripe:

  • Lavado frecuente de manos con agua y jabón o utilizando geles higienizantes con al menos un 60% de alcohol .
  • Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión.
  • Toser o estornudar sobre el brazo y usar una sola vez los pañuelos desechables.
  • Evitar el contacto muy cercano con otras personas, manteniendo una distancia de un metro aproximadamente con otras personas.
  • Quedarse en casa domicilio si se presentan síntomas (fiebre, tos seca, dolor de garganta y muscular o dificultades respiratorias), y en este caso concreto del coronavirus y como han establecido las autoridades sanitarias, contactar telefónicamente (900 102 112) con los servicios de salud que valorarán nuestro estado de salud.

En los centros sanitarios o sociales las medidas de protección deben ser otras, y orientadas principalmente a evitar el contagio de los y las trabajadoras que se dedican a tratar a los enfermos, utilizando los protocolos de protección colectivos y EPI necesarios y que se establezcan para la actividad realizada, dado que lógicamente existe una exposición evidente y lo suficientemente estrecha.

Las mascarillas a utilizar en estos casos serán las de alta eficacia, las que tienen el filtro FFP2 – que cuentan con una protección especial para enfermedades respiratorias– y el modelo N95 –que filtra el 95% de las partículas del aire– dado que los virus poseen una escala nanométrica, por lo que podrían traspasar sin problema las mascarillas quirúrgicas más básicas.

Son los Servicios de Prevención existentes en la empresa los encargados tanto de evaluar los riesgos como de establecer las recomendaciones y medidas preventivas. Medidas que adoptará a continuación la empresa, planificándolas con la participación y consulta obligatoria a la Representación Legal de los Trabajadores, específicamente y en caso de existir, a través de los y las Delegadas de Prevención. E informando finalmente a todos los y las trabajadoras.

Si la evaluación del riesgo que deba realizar el Servicio de Prevención, establece que las condiciones de exposición o de contagio suponen un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores, se pueden establecer medidas organizativas y de paralización de la actividad de conformidad con lo recogido en el artículo 21 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), y la empresa estará obligada a:

  • Informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo,
  • Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.

Sin embargo, y en cuanto a la inmediatez del riesgo, la mera suposición o la alarma social generada no son suficientes.

Cualquier duda sobre esta u otra cuestión en materia preventiva, podéis trasladárnosla al Departamento de Salud Laboral de co.bas Madrid.


Adjuntamos además el enlace a la Guía de actuación en el ámbito laboral del Ministerio de Trabajo. Y a la página web del Ministerio de Sanidad donde se expone toda la información al respecto.


Modelo de solicitud a la empresa de medidas preventivas frente a la exposición al coronavirus

Nota informativa en PDF