URGENTE: Cómo actuar en caso de que la empresa presente una medida temporal de inactividad por el coronavirus.

Ante el aluvión de situaciones precipitadas de este tipo que se están empezando a producir a cuenta del coronavirus y por supuestas fuerzas mayores derivadas de la ausencia de demanda o descenso de la actividad, desde co.bas recomendamos que si la empresa notifica un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) o la aplicación de una licencia no retribuida, individual o colectiva, se firme «NO CONFORME» la notificación y se acuda urgentemente al sindicato para ponerlo en conocimiento del sindicato y buscar las soluciones sindicales y jurídicas más adecuadas.

En caso de que lo que se pretenda llevar a cabo sea un ERTE:

Cualquiera que sea la causa alegada, de fuerza mayor o no, y tal y como recoge la Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus del Ministerio de Trabajo, la empresa deberá seguir SIEMPRE el procedimiento establecido, que incluye el preceptivo periodo de consultas (de 15 días máximo) con la representación legal de los trabajadores o comisión ad hoc constituida al efecto, teniendo en cuenta que dicho procedimiento se aplica cualquiera que sea el número de personas trabajadoras afectadas.

En el caso de que la interrupción de la actividad se entienda ocasionada por fuerza mayor, será necesaria la previa autorización de la autoridad laboral, aplicándose las peculiaridades previstas respecto de tal causa. Desde co.bas aconsejamos:

  1. Firmar como «No conforme» la notificación de la empresa.
  2. Acudir en busca de asesoramiento y amparo jurídico al sindicato.
  3. Ponerse en contacto con la Representación Legal de los Trabajadores existente (Comité de Empresa o delegados/as de personal o Secciones Sindicales y con todos los  compañeros/as.
  4. Exigir información y reunión con la empresa para no aceptar la decisión de forma unilateral.

Recordamos que un ERTE lleva aparejado la pérdida del 30% de salario, que consume el desempleo y además obliga a hacer la declaración de Hacienda  al tener  dos pagadores (SEPE y empresa) 

Si lo que se notifica es una licencia no retribuida:

En este caso, pero aún que el anterior dado que el trabajador/a deja de ingresar salario alguno,  también hay que firmar como «no conforme» y a continuación acudir al sindicato para plantear la correspondiente demanda jurídica de reclamación de cantidades.

Si tienes dudas o preguntas o necesitas más información o ayuda, llama a co.bas Madrid (asesoría jurídica):

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