Real Decreto-ley 10/2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable. Lista definitiva oficial de las actividades esenciales.

El Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, sobre el permiso retribuido recuperable obligatorio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a falta de menos de media hora para la medianoche. Las empresas, por tanto, han tenido solo unos minutos para prepararse y saber si pueden contar o no con sus empleados en la jornada de este lunes.

 

Debido a esa tardanza, el Gobierno ha concedido una moratoria. «En aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este real decreto-ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial», dice el decreto en una disposición añadida a última hora.

El decreto incluye la lista definitiva oficial de las actividades esenciales que quedan al margen del permiso retribuido recuperable obligatorio (consulta aquí el listado oficial).